Arriendos

Recibo de arriendo en Colombia: qué debe llevar y cómo hacerlo

El recibo es el papel más pequeño del arriendo y el que más problemas evita. Cuando falta, o cuando no dice a qué mes corresponde, la discusión sobre quién debe qué termina siendo palabra contra palabra.

7 de noviembre de 2026 7 min de lectura

En una frase

Por cada pago del canon, el arrendador debe entregar un comprobante escrito con la fecha, el valor y el período que cubre. En vivienda urbana es una obligación de la Ley 820 de 2003, no una cortesía.

Para el arrendatario, el recibo es la prueba de que está al día. Para el arrendador y la inmobiliaria, es el registro ordenado de lo que entró, mes por mes, y la base de la liquidación que se le entrega al propietario. Un buen recibo sirve a los dos lados.

Los datos que debe llevar

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Quién recibe

Nombre del arrendador o de la inmobiliaria que administra, con su documento o NIT y un dato de contacto.

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Quién paga

Nombre completo y documento del arrendatario, tal como aparecen en el contrato.

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El inmueble

Dirección completa, con apartamento, torre o local. Si administras varios en el mismo edificio, este dato evita confusiones.

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El período

El mes (o los meses) que cubre el pago, por ejemplo "canon de noviembre de 2026". Es el dato que más falta y el que más discusiones evita.

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El valor

En números y en letras. Si hay administración, servicios u otros conceptos, cada uno por separado.

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Fecha y forma de pago

El día en que se recibió y si fue en efectivo, transferencia, Nequi, Daviplata, consignación o cheque.

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Si es abono

Cuando el pago es parcial: cuánto se recibió y cuánto queda pendiente de ese período.

Modelo para copiar

COMPROBANTE DE PAGO DE ARRENDAMIENTO N.º ____

Recibimos de: ______________________ C.C. ____________

Inmueble: _____________________________________________

Concepto: canon de arrendamiento de ______ de ______

Valor: $ ____________

Son: ____________________________________________ pesos

Fecha de pago: ____ / ____ / ______

Forma de pago: efectivo ☐ transferencia ☐ otro ☐ ________

Recibe: ______________________ C.C./NIT ____________

Firma: ______________________

Llenarlo a mano sirve con uno o dos arriendos. Con más, el riesgo está en el número de consecutivo, en el valor en letras y en olvidar a quién ya se le entregó.

Cómo hacerlo bien cada mes

1

Registra el pago el mismo día

Anota la fecha, el valor y la forma de pago cuando entra la plata, no al final del mes. Es la diferencia entre un registro confiable y uno reconstruido de memoria.
2

Emite el recibo con el período

Nombra el mes que cubre. Si el arrendatario paga atrasado, el recibo de diciembre puede corresponder al canon de noviembre: el período es lo que manda.
3

Envíalo por un medio que deje rastro

Un PDF por WhatsApp o correo queda guardado para los dos. Evita entregar solo papel sin copia.
4

Guarda la copia junto al contrato

Al final del contrato, o si hay un reclamo, vas a necesitar el historial completo de ese arrendatario en un solo lugar.

Errores que después cuestan

✕

Recibo sin período

Dice "recibí $1.500.000" pero no de qué mes. Si hay un atraso, ese recibo no sirve para saber cuál quedó pendiente.

✕

Abono registrado como pago completo

Si el arrendatario pagó una parte, el recibo debe decirlo. Si no, más adelante parece que estaba al día.

✕

Recibos solo en papel

Se pierden, se mojan o se quedan con una sola de las partes. Siempre conviene una copia digital.

✕

Valor en letras que no coincide

Cuando los números y las letras dicen cosas distintas, el recibo pierde fuerza como prueba.

Generarlo sin llenarlo a mano

En Vitrina Raíz, cada pago que registras a un arrendatario queda con su período, su fecha y su forma de pago, y de ahí sale el recibo en PDF:

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El recibo lleva el logo y los datos de tu inmobiliaria, el arrendatario, el inmueble, el período, la fecha y la forma de pago.
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El valor sale en números y en letras, calculado por el sistema.
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Lo descargas y lo envías por WhatsApp o correo en un momento.
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Queda el historial de pagos de cada contrato y, con él, la liquidación de lo que le corresponde a cada propietario.

Si administras arriendos de terceros, mira cómo funciona la administración de arriendos y la gestión de inquilinos. Para el resto del ciclo, revisa qué hacer si un inquilino no paga.

Preguntas frecuentes

¿El arrendador está obligado a dar recibo del arriendo?

Sí. En vivienda urbana, la Ley 820 de 2003 incluye entre las obligaciones del arrendador expedir un comprobante escrito en el que conste la fecha, la cuantía y el período al que corresponde el pago. Es el soporte del arrendatario de que está al día.

¿Sirve un pantallazo de la transferencia como recibo?

El pantallazo prueba que salió plata de una cuenta, pero no dice a qué mes corresponde ni que el arrendador la recibió como pago del canon. El recibo cierra esa brecha: nombra el período y la persona que recibe.

¿El recibo tiene que ir firmado?

Conviene que identifique claramente a quien recibe: el nombre del arrendador o de la inmobiliaria que administra y, si es físico, su firma. Un recibo digital emitido desde el sistema de la inmobiliaria, con sus datos y su logo, cumple la misma función de constancia.

¿Hay que hacer un recibo por cada mes?

Sí, uno por cada pago. Si el arrendatario paga dos meses juntos, el recibo debe decir qué períodos cubre. Si paga una parte, el recibo debe decir que es un abono y cuánto queda pendiente.

¿Qué pasa si el arrendador no quiere recibir el pago?

La Ley 820 de 2003 prevé que, si el arrendador se niega a recibir el canon en las condiciones pactadas, el arrendatario puede consignarlo a su favor en la entidad autorizada y ese pago se tiene por hecho. Para un caso concreto conviene la asesoría de un abogado.

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